El 19 de abril se publica en el BOE la Resolución de 11 de abril de 2018, por la que se aprueba el Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para el período 2018-2020.
El Plan Estratégico se ha diseñado en función de cuatro EJES, desarrollados en 12 objetivos y 100 lÍneas de actuaciÓn, de las cuales destacamos:
EJE 1.- Actualización de la organización y funcionamiento
Se establece adecuar la organización de la Inspección a la Administración Institucional, en la forma de Organismo Autónomo tal como prevé la nueva Ley Ordenadora, y el establecimiento de sus órganos de gobierno, dirección y participación institucional conforme lo que se establezca en sus Estatutos, desarrollado por:
- Objetivo 1: Adecuar la organización interna, y fomentar la proyección a la sociedad de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Objetivo 2: Elaborar una nueva normativa de actuación y funcionamiento de la Inspección y de colaboración con las CCAA y otras instituciones relacionadas con la función inspectora.
EJE 2.- CALIDAD EN EL SERVICIO
Contiene las medidas dirigidas a potenciar los recursos humanos de la Inspección con la mejora de sus competencias profesionales, y el refuerzo de la formación, tanto inicial como permanente, así como de los medios materiales y técnicos a su disposición, con el objetivo de mejorar la calidad en el servicio que la Inspección presta a la sociedad.
- Objetivo 3. Incrementar y mejorar las competencias profesionales, y potenciar la Escuela como centro de formación y especialización.
- Objetivo 4. Mejorar el Sistema de Información y los medios materiales a disposición de la Inspección.
- Objetivo 5. Mejorar la actividad de planificación de la actividad inspectora, y determinar los criterios que deben informar la prestación del servicio público Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
EJE 3.- EFICACIA EN LA ACTUACIÓN
Comprende un conjunto de medidas tendentes a la mejora de la función esencial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que es la fiscalización del cumplimiento de la normativa del orden social en su conjunto. Pero además la Inspección debe contribuir a impulsar el crecimiento económico basado en condiciones de igualdad, asegurando el cumplimento del conjunto de reglas que establecen derechos y obligaciones y que evitan la competencia desleal.
- Objetivo 6. Mejorar la garantía de cumplimiento de la legislación en materia laboral y de empleo. Destacando las siguientes líneas de actuación:
- Línea 54. Actuaciones en materia de contratación temporal: Intensificar las actuaciones en materia de contratación prestando especial atención a los contratos de duración determinada celebrados en fraude de ley.
- Línea 55. Actuaciones en materia de contratos en prácticas y para la formación.
- Línea 56. Tiempo de trabajo: Mejorar las actuaciones sobre control de jornada ordinaria, horas extras, y horas complementarias mediante el cruce de información disponible en las bases de datos de la administración.
- Línea 57. Contratos a tiempo parcial: Comprobación del cumplimiento de los requisitos de forma escrita y realización efectiva de la jornada pactada.
- Línea 58. Subcontratación y cesión ilegal de trabajadores, empresas de servicios y multiservicios: Detección de redes o tramas creadas para eludir la aplicación de la legislación social.
- Línea 59. Trabajo a distancia: Mejora del control de las condiciones de prestación de servicios en el trabajo a distancia.
- Línea 60. Reserva de empleo de trabajadores con discapacidad: Vigilancia del cumplimiento de la obligación de reserva de puestos de trabajo en empresas de más de 50 trabajadores, favoreciendo así la inserción laboral de estos trabajadores.
- Línea 61. Trabajadores inmigrantes: Ejecutar un plan de actuación para mejorar la protección de los derechos laborales de los trabajadores inmigrantes que residen en España,
- Objetivo 7. Mejorar la garantía de cumplimiento de la legislación en materia de igualdad y no discriminación.
- Línea 64. Brecha salarial: Establecimiento de sistemas de detección de discriminación salarial por razón de género.
- Línea 65. Discriminación en la negociación colectiva: Detectar, con carácter previo a la publicación de convenios colectivos, posibles cláusulas discriminatorias existentes en los mismos.
- Línea 66. Conciliación de la vida familiar y laboral: Especial atención al disfrute de permisos de maternidad y paternidad de trabajadores.
- Objetivo 8. Mejorar la garantía de cumplimiento de la legislación en materia de salud y seguridad en el trabajo.
- Objetivo 9. Mejorar la garantía de cumplimiento de la legislación en materia de seguridad social, economía irregular y extranjería.
- Línea 83. Becarios y prácticas no laborales: Actuaciones dirigidas a detectar si mediante estas figuras se encubren verdaderas relaciones laborales.
- Línea 84. Falso trabajo autónomo: Establecer conjuntamente un nuevo sistema de detección mediante cruce de datos con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Línea 85. Formación profesional para el empleo: Procedimientos de inspección en materia de formación profesional para el empleo.
- Línea 86. Infracotización a la Seguridad Social: Integración de los datos del fichero de Conceptos Retributivos Abonados, que mejore la detección y liquidación de posibles diferencias de cotización.
- Objetivo 10. Mejorar la lucha contra el fraude transnacional y reforzar la cooperación internacional en materia de inspección.
- Objetivo 11. Mejorar la protección de los trabajadores que son objeto de trata con fines de explotación laboral.
EJE 4.- ASISTENCIA TÉCNICA Y MEDICACIÓN
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el desarrollo de su actuación ordinaria, ofrece un valor añadido adicional para trabajadores y empresarios, cuando despliega su facultad de asesoramiento e información en materia de cumplimiento de la normativa socio laboral.
- Objetivo 12. Intensificar la función informativa y de asistencia técnica, y ordenar la función mediadora realizada por la Inspección.


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