RESOLUCIÓN de 24 de octubre de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la se acuerda medidas adicionales excepcionales en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19.
El Decreto 14/2020, de 25 de octubre, del president de la Generalitat, de medidas en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 y de la declaración del estado de alarma activado por el Gobierno de la Nación, dictado como consecuencia de la publicación en el BOE del RD 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el nuevo Estado de Alarma, en su artículo 2 dispone que mantiene en vigor y será de aplicación en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana el contenido de la Resolución de 24 de octubre de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerdan medidas adicionales excepcionales en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, y en concreto los apartados, primero y segundo en relación a las medidas adicionales, excepcionales y medidas vigentes.
Dicha Resolución de 24 de octubre de 2020 establece para el sector de la Hostelería, las siguientes restricciones en su artículo 4:
- El consumo será siempre sentado en mesa tanto en el interior como en las terrazas.
- En las mesas o agrupaciones de mesas, tanto en el interior como en terrazas, se restringirá la presencia a 6 personas como máximo.
- Las barras solo podrán ser usadas por las personas para pedir y recoger su consumición.
- El horario de cierre de los establecimientos será a las 00.00 horas, sin que puedan aceptar pedidos a partir de las 23.00 horas.
- El uso de la mascarilla será obligado en todo momento salvo en el momento de la consumición.
- Se realizará un cumplimiento estricto de las medidas de ventilación y climatización en espacios interiores.