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SUBVENCIONES LABORA 2021.

Programa de en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, regulado en la Orden 10/2018, de 12 de julio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo. (RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2020, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación/DOGV 19/01/2021)

 

BENEFICIARIOS: Cualquier entidad empleadora de naturaleza jurídica privada, incluidas las personas trabajadoras autónomas, con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana.

DESTINATARIOS FINALES: Personas con un grado de discapacidad intelectual o enfermedad mental reconocido igual o superior al 33 % o con un grado de discapacidad física o sensorial reconocido igual o superior al 65 % que hayan permanecido desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación hasta su contratación. No se entenderá cumplido este requisito si la inscripción se produce el día en que se inicia la relación laboral.

ACCIONES SUBVENCIONABLES: a contratación, por un periodo de entre 3 y 12 meses, de las personas indicadas.

CUANTÍA: Será el resultado de multiplicar el 85 % (el 75 % en el caso de los contratos para la formación y el aprendizaje) del Salario Mínimo Interprofesional (incrementado en la parte proporcional de la paga extra) vigente en el momento de la contratación de la persona contratada por el número mínimo de meses de mantenimiento de su contrato.

FORMA DE PRESENTACIÓN: Las personas jurídicas y sus representantes deberán presentar su solicitud (comprensiva asimismo de la documentación exigida en el resuelvo noveno) de forma telemática en la Sede electrónica de la Generalitat Valenciana a través del procedimiento habilitado al efecto y denominado «ECOTDI 2021 Programa de fomento de la contratación temporal de personas con diversidad funcional severa». (Ver página web LABORA)

PLAZO: El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (19/01/2021) y finalizará el 1 de septiembre de 2021. Con carácter adicional a este plazo general, las solicitudes deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la contratación objeto de la subvención.

 

Con carácter adicional a este plazo general, las solicitudes deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la contratación objeto de la subvención.

 

Programa de fomento de la contratación indefinida de determinados colectivos vulnerables en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, regulado en la Orden 10/2018, de 12 de julio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo (AVALEM EXPERIÈNCIA) (RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2020, del director general de LABORA/DOGV 19/01/2021)

 

BENEFICIARIOS: Únicamente podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades empleadoras de naturaleza privada, incluidas las personas trabajadoras autónomas, con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana.

DESTINATARIOS FINALES: Las personas que pertenezcan, en el momento de su contratación, a alguno de los siguientes colectivos y hayan permanecido desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en LABORA hasta su contratación. No se entenderá cumplido este requisito si la inscripción se produce el día en que se inicia la relación laboral:

  1. a) Personas en situación o riesgo de exclusión social, acreditados por los Servicios Sociales de cualquier administración pública.
  2. b) Personas desempleadas de larga duración.
  3. c) Personas mayores de 50 años.
  4. d) Personas con diversidad funcional

 

ACCIONES SUBVENCIONABLES: Contratación indefinida inicial a jornada completa.

CUANTÍA: El resultado de multiplicar el 90 % del Salario Mínimo Interprofesional (incrementado en la parte proporcional de la paga extra) vigente en el momento de la contratación indefinida de la persona contratada por los 24 meses de mantenimiento.

FORMA DE PRESENTACIÓN: De forma telemática en la Sede electrónica de la Generalitat Valenciana a través del procedimiento habilitado al efecto y denominado «ECOVUL 2021 Programa de subvenciones destinadas a fomentar la contratación indefinida inicial de colectivos vulnerables».

PLAZO: El plazo se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (19/01/2021) y finalizará el 31 de julio de 2021.

Convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas desempleadas y la formación con compromiso de contratación con cargo al ejercicio presupuestario 2021, en aplicación de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, por la que se desarrolla el Real decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, en relación con la oferta formativa de las administraciones competentes y su financiación, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación. (RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2020, de la Dirección General de LABORA)

 

BENEFICIARIOS: Entidades de formación públicas o privadas, empresas o asociaciones empresariales con presencia en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, acreditadas y/o inscritas en el correspondiente Registro de Entidades de formación para las especialidades formativas objeto de formación, de acuerdo con las modalidades de programación y requisitos que se establecen en el resuelvo quinto, que dispongan en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, de instalaciones debidamente acreditadas y/o inscritas que les permita la impartición de las especialidades solicitadas.

OBJETO: La realización en la Comunitat Valenciana de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras en situación de desempleo, que les proporcionen la cualificación profesional para desempeñar una ocupación adecuada a las necesidades del mercado de trabajo y estimular su inserción laboral

FORMA DE PRESENTACIÓN: Las solicitudes se presentarán telemáticamente en modelo normalizado, junto con la documentación específica.

PLAZO: 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el DOGV (14/01/2021), excepto para la Modalidad Formación a Medida de las Empresas que el plazo finalizará antes del 1 de noviembre de 2021.

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